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Control Fiscal sobre operaciones con tarjetas de crédito y débito.
BOE nº 26 de 0 de enero 2010.
Los bancos habrán de declarar en el mes de marzo de cada año a los titulares de actividades comerciales o empresariales que realicen operaciones de cobro con tarjetas de crédito o débito con sus clientes en cuantía superior a 3.000 euros en el año.
La primera declaración habrá de presentarse en marzo 2011 y referida a las operaciones realizadas en 2010.

Devolución del IVA soportado en otros países de la UE
Desde el 1 de enero de 2010, para solicitar la devolución del IVA que haya soportado en otros países de la Unión Europea, deberá dirigirse directamente a la Agencia Tributaria española. Recuerde que hasta ahora era necesario solicitar la devolución en cada uno de los países donde se hubiese soportado el IVA.
La solicitudes de devolución referidas al año 2009 podrán presentarse hasta el 30 de septiembre de 2010, para lo cual deberá cumplimentar el modelo 360 y presentarlo por vía telemática (para ello deberá disponer de un certificado electrónico).
(En caso de que tenga problemas para acceder directamente al modelo, entre en www.aeat.es y siga la siguiente ruta de acceso: Oficina virtual-Sede Electrónica / Impuestos / IVA / IVA. Gestión de devoluciones de IVA a empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto)

Control Fiscal sobre operaciones en metálico en entidades bancarias.
BOE nº 26 de 30 de enero de 2010.
Crea el modelo 171 que han de presentar los bancos en el mes de marzo de cada año (el primero se presentará en marzo de 2011 referido a las operaciones de 2010) incluyendo en el mismo con sus datos a las personas que hayan realizado movimientos de fondos en efectivo superiores a 3.000 euros.

A partir de 1 de enero las retenciones suben del 18% al 19%.
Las retenciones afectan a rentas del capital mobiliario (dividendos e intereses), a las ganancias patrimoniales y a los alquileres de inmuebles o negocios.

El 19 de febrero se inicia el plazo para documentar las operaciones vinculadas.
Hay que documentar todas las operaciones realizadas entre socio y sociedad, alquileres, préstamos, etc. El plazo finaliza el 25 de Julio.

Prestaciones de Servicios Intracomunitarias.
A partir de 1 de enero de 2010 deben incluirse en el modelo 349 de Declaración de Operaciones Intracomunitarias.

Antes solamente se incluían las entregas o adquisiciones de bienes y no los servicios.

Sede electrónica AEAT
Desde 1 de enero es necesario tener instalados en el equipo informático los certificados necesarios para el acceso correcto a la Oficina Virtual y realizar presentaciones de ´liquidaciones fiscales.

A partir de enero de 2011, se modifica la deducción por adquisición de vivienda
A partir de enero de 2011 se modifica la deducción por adquisición de vivienda habitual, limitándola a las rentas inferiores a 24.107,20 euros.
Cuando la base imponible sea inferior a los 17.707,20 euros, se mantiene la situación actual, lo que permite una deducción en cuota del 15% de las cantidades pagadas en un año, con un
límite de 9.040 euros al año.
Entre los 17.707,20 y los 24.107,20 euros de base imponible se aplicará una reducción gradual de forma lineal.

   
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